
La prohibición del consumo de marihuana con fines lúdicos está erradicada en México, así lo decidió en su momento, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tras considerar que la medida prohibitiva supone una restricción desproporcionada al derecho al libre desarrollo de la personalidad de los consumidores.
Se trata de una declaración general de inconstitucionalidad que ocurrió luego que la corte decidiera sobre cuatro casos distintos, en los cuales, los involucrados habían solicitado un amparo constitucional con el fin de que se les permitiera el consumo de marihuana lúdica y las autoridades judiciales declararán la petición con lugar por considerar que la prohibición le violaba el derecho constitucional a la libertad individual.
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Ese criterio, en cuatro oportunidades conllevó a una jurisprudencia y dio inicio a un procedimiento de Declaración General de inconstitucionalidad previsto en el artículo 107 de la Constitución mexicana.
Quedan autorizadas actividades relacionadas con el autoconsumo
Con tal declaración, se removió el obstáculo jurídico, a tal efecto, la Secretaría General de la Salud quedó con luz verde para autorizar las actividades relacionadas con el autoconsumo de cannabis y THC, como sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar la planta con fines recreativos.
Ahora bien, queda pendiente su regulación, un tema que se dilata en el congreso, donde el año pasado se postergó y en este todavía no se ha abordado a pesar que ya se abrió la agenda legislativa.