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En España piden abrir los clubes cannábicos durante cuarentena

El sector cannábico del partido político Podemos solicita que se activen las asociaciones y clubes para que puedan dispensar marihuana a pacientes facultados

En Estados Unidos y Canadá la marihuana con fines medicinales es considerada esencial durante la cuarentena y por los tantos los dispensarios abren para garantizar el producto, pero en España las medidas no son las mismas y algunos pacientes pueden estar en riesgo.

Por tal razón, el sector cannábico del partido político Podemos solicita que se activen las asociaciones y clubes para que puedan dispensar marihuana a pacientes facultados. “Estos días de estado de alarma hay pacientes a los que les está faltando dónde obtener cannabis para tratar sus dolencias y condiciones. No todo son cervezas y porros”, se lee en la cuenta de Twitter.

Mientras que en la página web de Podemos Cannábicos se informa sobre algunas patologías, que al día de hoy y por el cierre de estas asociaciones y clubes no pueden ser atendidas, tales como, depresión, enfermedad de Crohn, Trastorno por Déficit de Atención con Hiperactividad (TDAH),  estrés crónico, Trastorno Obsesivo-Compulsivo (TOC), La esclerosis múltiple (EM), La esclerosis lateral amiotrófica, dolor crónico, distrofia muscular, epilepsia, lupus, cáncer de mama, fibromialgia, trastorno del sueño, cáncer de colon y efectos adversos por tratamiento de la quimioterapia.


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Ante la serie de enfermedades que se pueden tratar y conseguir resultados positivos, insisten en la necesidad de abrir los clubes cannábicos, bajo las siguiente normativas:

1-Las asociaciones y clubes cannábicos establecerán un mostrador seguro de dispensación de efectos, con elementos higienizantes y, a ser posible, mampara protectora. Las personas encargadas de dispensar los efectos de los socios, por su parte, tomarán las mismas medidas de autoprotección que cualquier otro trabajador de cara al público: mascarilla, guantes, gel higienizante. Desinfectarán las zonas donde se recibe a los socios entre una y otra dispensación.

2-Las personas encargadas de dispensar efectos solo atenderán con cita previa de la que tomarán registro, procurando establecer una separación mínima de diez minutos entre las citas, para evitar la coincidencia espacial de usuarios.

3-Las citas previas deberán hacerse el día antes siempre que sea posible y si el número de socios así lo permite.

4-No se permitirá la permanencia en la sede social más allá del tiempo imprescindible para la dispensación y recogida de los efectos.

5-No se permitirá la coincidencia de más de un usuario al mismo tiempo en la sede social.

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