
El pasado mes de agosto la municipalidad del Rosario, en la provincia de Santa Fe, Argentina, en concordancia con la Ley 27.350 aprobó una ordenanza promovida para crear el Registro de Cultivos Terapéuticos y Solidarios de Cannabis, con la finalidad de «establecer un marco regulatorio local que permita usos responsables, seguros, cuidados y de calidad».
A propósito de la referida normativa es pertinente conocer sus disposiciones y en esta nota reseñamos sus aspectos generales:
El instrumento jurídico faculta a la Municipalidad a «otorgar licencias de autocultivo, protegiendo la identidad y privacidad de las personas» y se establecen los casos: cultivos terapéuticos, para el tratamiento de síntomas y patología con la indicación médica correspondiente, y cultivos solidarios, llevados adelante por cultivadores que se comprometen a brindar la materia prima a personas que necesiten administrar cannabis por indicación médica.
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Además, establece la creación del Consejo Asesor de Políticas de Cannabis y sus derivados, «con el fin de construir los criterios y protocolos que permitan reglamentar la ordenanza, en consonancia con leyes provinciales y nacionales, así como a normativas municipales y avances científicos en la temática”.
El referido Consejo estará constituido por representantes de las secretarías pertinentes del Departamento Ejecutivo, de las comisiones de Salud y de Derechos Humanos del Concejo Municipal y de organizaciones cannábicas de la ciudad.
La Ordenanza también establece que la Municipalidad de Rosario «gestionará ante los distintos Poderes y niveles del Estado los convenios y autorizaciones necesarias a fin de cumplimentar la ordenanza». De igual modo plantea que el municipio priorizará la articulación con instituciones públicas, universidades y organizaciones de la sociedad civil, para “continuar avanzando en campañas, instancias de formación y estudios de investigación en la materia».