
La Organización Mundial de la Salud (OMS) hizo varias recomendaciones a principios del año pasado para cambiar la forma en que se programa el cannabis en la Convención Única sobre Estupefacientes (1961) y la Convención sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971.
Entre las recomendaciones, sugiere que la categoría de «extractos y tinturas» de CBD se elimine de la Lista I de drogas de la convención de 1961 para reducir la repetición; también recomienda que se agregue una nota al pie a la entrada de cannabis en el tratado de 1961 para aclarar que las preparaciones que contienen CBD con un máximo de hasta 0.2% de THC no estén bajo control internacional.
Ante el planteamiento una comisión de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) sostiene varios encuentros para discutir la propuesta y hacer las observaciones pertinentes antes de someter el tema a votaciones en diciembre próximo.
Como parte de estas reuniones trascendió que la petición de la OMS de eximir a los extractos y tinturas de CBD derivados de plantas con menos del 0.2% de THC del control internacional de drogas podría ser difícil de aplicar.
La Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (Jife) alegó que las autoridades en algunos países pueden carecer de la tecnología de laboratorio o la mano de obra para evaluar el perfil de cannabinoides de los preparados de CBD, algo que sería necesario para garantizar el cumplimiento de la exención.
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«El tema principal a considerar se relaciona con su implementación práctica a nivel nacional» porque, «en la mayoría de los países, el análisis químico hasta el umbral indicado en la recomendación puede no ser posible», dijo un representante de la JIFE.
Hasta ahora estas son solo algunas evaluaciones y consideraciones, pues el veredicto final se conocerá tras los resultados que arrojen las votaciones en diciembre.